Recurrir a los Jueces para dirimir diferencias en aspectos comerciales.

Y cuando vendiereis algo a vuestro prójimo, o comprareis de mano de vuestro prójimo, no engañe ninguno a su hermano. (Lev. 25:14 RVR60).

Explicación del mandamiento:

¿Cuántos problemas, cuantas demandas, cuantas situaciones de carácter comercial, se suscitan todos los días? No hay despachos de abogados que no tengan suficientes casos de esta naturaleza en sus labores, es algo sumamente común que haya diferencias en situaciones comerciales; el contexto de Levítico 25 es el Jubileo, que es el año 50, el año en que el Eterno estableció que todas las tierras debían de volver a sus dueños originales, todas las tierras que se hubiesen comprado se tenían que devolver a la familia que originalmente la poseía; sin embargo, este versículo de Lev. 25:14, era muy común que cuando se acercaba la fecha del año del Jubileo hubiese problemas comerciales con respecto a la tierra, y no la quieren devolver, o tal vez no la querían devolver completa, o si se acercaba el año del Jubileo la querían vender a un precio que no era proporcional a los años que les faltaba para llegar al Jubileo y, por lo tanto, tenían que devolverla, mientras menos tiempo faltara para el Jubileo menos valor tenía esa tierra, sin duda surgían muchos problemas como hoy en día en las situaciones comerciales. Los asuntos comerciales siempre son algo muy delicados, incluyendo en el contexto de una Congregación, no es la excepción, y hay una razón muy poderosa y esa es la que estableció nuestro Mesías Yeshua

Porque donde esté vuestro tesoro, allí estará también vuestro corazón. (Mat. 6:21 RVR60).

¿Cuántos hermanos no terminan siendo enemigos justamente por asuntos de negocios, por asuntos de dinero, por malentendidos comerciales? Generando una enemistad, y al final se termina dañando toda la Comunidad, es por eso que este Mandamiento dice “Recurre a los Jueces, a los Ancianos, al Juzgado de la Congregación para que entonces se pueda resolver el asunto de la mejor manera, ahora lo recomendable en asuntos de comercio, en asuntos de transacciones aun con hermanos de la Congregación, siempre es hacerlo de la manera más formal y legal posible, si vas a rentar una casa de un hermano mejor bajo un contrato, si vas a rentar o a prestar algo que tenga un gran valor mejor delante de testigos o notario depende de las posibilidades de cada uno, pero mientras mayor formalidad se le pueda dar y se haga sobre todo de manera legal mucho mejor

Pero sea vuestro hablar: Sí, sí; no, no; porque lo que es más de esto, de mal procede. (Mat. 5:37 RVR60).

Entonces debería ser suficiente la palabra, pero lamentablemente no es así y Dios sabiendo eso estableció Jueces, este principio viene desde la época de Noé y posteriormente se empezó a organizar la comunidad, las ciudades, se empezaron a poner Jueces que establecieron este principio y ya de manera formal por medio de Moisés, fue un Juez que se sentaba a juzgar todos los asuntos, después delegó esta responsabilidad en otros, en Jefes, de gentes de 10, de 100, de 1000 etc., que le ayudan a resolver estas situaciones.

El mandamiento aquí es “recurre primeramente a las autoridades de la congregación de tu comunidad porque ellos están para impartir justicia, en 2 de Crónicas 19:6 dice que ellos no están juzgando como si fuesen hombres nada más, están juzgando en nombre de Dios, obviamente hay una gran responsabilidad para los jueces, pero es la manera que Dios estableció también en el caso de resolver situaciones.

¿Y por qué recurrir a los Pastores o a los Ancianos?

Tal vez no son expertos en la materia o en el asunto comercial o legal, pero ellos van a poder ver también el aspecto espiritual, ellos también van a poder discernir sobre si es justo o injusto, si es el culpable o no es el culpable y medir las consecuencias de cualquier caso, también en el ámbito espiritual y a nivel congregación, porque de otra manera si se recurren para resolver estos problemas ante los Jueces seculares, aunque también sabemos que son establecidos por Dios, termina siendo de mal testimonio y de eso lo habla Pablo

En 1 de Corintios 6:1 la ciudad de Corinto era justamente muy comercial, se encontraba en un puerto y, por lo tanto, había muchísima actividad en cuestión de compras y ventas y sin dudas iban a haber conflictos por eso Pablo

Así como el testimonio acerca de Cristo ha sido confirmado en vosotros, (1Co. 1:6 RVR60).

A veces parecían cosas insignificantes, pero después esas cosas aparentemente insignificantes, si no se atendían también por parte de los Jueces, terminaban en pleitos, en abogados, en demandas.

¿O no sabéis que hemos de juzgar a los ángeles? ¿Cuánto más las cosas de esta vida? Si, pues, tenéis juicios sobre cosas de esta vida, ¿ponéis para juzgar a los que son de menor estima en la iglesia? (1Co. 6:3-4 RVR60).

Nos dice que los Jueces del mundo no van a ver la parte moral o la parte de la Torah, no les van a importar la relación de las personas, en muchos casos a los abogados lo único que les importa es sacar el caso, ganar la disputa, obtener una ganancia, pero las relaciones no van a importar, por eso el mandamiento dice recurre al Beit Din (Jueces) porque a ellos si les van a importar las relaciones y lo más importante es la relación

En toda clase de fraude, sobre buey, sobre asno, sobre oveja, sobre vestido, sobre toda cosa perdida, cuando alguno dijere: Esto es mío, la causa de ambos vendrá delante de los jueces; y el que los jueces condenaren, pagará el doble a su prójimo. (Ex. 22:9 RVR60).

Dios estableció que recurriéramos a una autoridad espiritual, que la congregación tenga fe y confíe en la decisión de los Jueces si lo que buscamos sobre todas las cosas es impartir justicia y vivir en un mundo de justicia, este es el primer principio, puede suceder también que uno de los hermanos se queda con el enojo, se queda callado no le dice a nadie y empieza a murmurar del hermano ejemplo: “le presté tal cosa y me lo devolvió ya todo roto” o “le renté esta casa y ya me debe 4 meses y ya no sé cómo cobrarle porque es de la congregación y ahora como se la pido ya se la pedí y no me lo da” y entonces se queda con la molestia, murmurando, lo cual también es un grave pecado y sin resolver el asunto y si no funciona el principio que estableció Yeshua en Mateo 18:15-16 de tomar testigos que no son cualquiera, se refiere a personas con autoridad espiritual, personas como los Ancianos, como los Pastores, como los Jueces de la congregación.

Para avergonzaros lo digo. ¿Pues qué, no hay entre vosotros, sabio, ni aun uno, que pueda juzgar entre sus hermanos, sino que el hermano con el hermano pleitea en juicio, y esto ante los incrédulos? Así que, por cierto, es ya una falta en vosotros que tengáis pleitos entre vosotros mismos. ¿Por qué no sufrís más bien el agravio? ¿Por qué no sufrís más bien el ser defraudados? (1Co. 6:5-7 RVR60).

Pablo, habla de algo peor y es el de presentarse ante Jueces incrédulos cuando hay pleitos entre hermanos, lo ideal es que no sucediera esto, si sucede lo más pronto posible es perdonar, soportar la herida, soportar el agravio, dejar en manos de Dios las cosas, si no lo puedes dejar en las manos de Dios entonces recurre a las autoridades de tu congregación. Es un mandamiento muy lógico y simple, pero tristemente no se hace; en la mayoría de los casos los hermanos terminan enojados unos con otros, sin dirigirse la palabra o simplemente nada más, saludándose por compromiso cuando en el interior hay algo que no quedó resuelto y en otros casos van directamente a un juicio delante de los incrédulos y se pasa por alto todos estos principios que están en la Biblia, que nos darían relaciones sanas, congregaciones sanas y por supuesto Paz entre todos los hermanos.

 

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