No ejecutar al culpable sin que antes sea juzgado.

Números 35: 12 Versión Biblia de las Américas.

“Las ciudades serán para vosotros como refugio del vengador para que el homicida no muera hasta que comparezca delante de la congregación para juicio”. (Números 35: 12 LBLA)

Hemos estudiado en otras ocasiones el tema de las ciudades de refugio, la importancia que tenían y lo que implican o representan el día de hoy, por lo que no está separado de lo que es la justicia.

Examinemos el contexto según:

Números 35: 9-12 Versión Reina Valera 1960

“Habló el Eterno a Moshé diciendo, Habla a los hijos de Israel, y diles: Cuando hayáis pasado al otro lado del Jordán a la tierra de Canaán, os señalaréis ciudades, ciudades de refugio tendréis, donde huya el homicida que hiriere a alguno de muerte sin intención. Y os serán aquellas ciudades para refugiarse del vengador, y no morirá el homicida hasta que entre en juicio delante de la congregación”. (Números 35: 9-12 RV60)

Explicación del mandamiento:

Como ya se comentó, las ciudades de refugio era el lugar donde acudían aquellas personas que habían cometido algún asesinato de manera imprudente, no voluntaria y tenían esta oportunidad para evitar la venganza de algún familiar del asesinado, pudiendo llegar a estas ciudades, los levitas estaban obligados a recibirlos, eso no significaba que quedaba garantizada su inocencia, sino que igualmente iría a juicio y obviamente muchos asesinos habrían de huir hasta estas ciudades argumentando o defendiendo su inocencia.

El punto aquí es que se tenía que llevar a cabo un juicio justo para que se impartiera una justicia divina o una justicia perfecta aún aquí en la tierra. Algunos comentarios en base al libro Mishné Torá realizado por el rabino Maimónides, el cual profundiza este tema respecto al juicio que se llevaba cabo en aquellos días, ciertos puntos muy importantes son por ejemplo que aquellos testigos que vieron que se cometió un asesinato, un ilícito, no podían llevar a cabo el papel de jueces, es decir, había jueces establecidos en la tierra de Israel y podía darse el caso que alguno de ellos fuera testigo de algún asesinato, este no podía ser parte de los que iban a dictar la sentencia. Otro punto importante es que los casos de penas capitales tenían que realizarse con, al menos, 23 jueces, lo que se conoce como pequeño sanedrín, el gran sanedrín estaba compuesto por 71 miembros con sede en Jerusalén y en el templo.

En otras aldeas había 23 jueces llamados pequeño sanedrín y solo por medio de estos se podía llevar a cabo un juicio que involucraba la pena capital. Los litigantes no podían seleccionar a los jueces, la persona que estaba siendo acusada no podía decir: Quiero que juzgue mi caso tal juez, si trataba de influir para que algún juez fuera el que estuviera en su caso, prácticamente este quedaba descartado. Si la opinión se dividía, en los casos de pena capital, cuando el sanedrín tenía diferentes puntos de vista o sentencias, no se le condenaba de manera inmediata si se le declaraba por la mayoría como culpable, si la mayoría lo decretaba inocente se lo absolvía y en el caso de que la mayoría lo decretara culpable tenía que ser por un excedente de dos a uno en los que lo declaraban inocente, tenía que haber una mayoría evidente que lo consideraba como culpable.

Juicios de pena capital.

Además, en los casos de pena capital se debían de iniciar con la defensa y no con la acusación para evitar que el acusado se pusiera nervioso y entonces no pudiera llevar a cabo su defensa de manera correcta. En caso de pena capital, si se daban cuenta los jueces que se equivocaron y que absolvieron a una persona que era culpable, ya no podían reabrir el caso, por eso tenían que examinar muy bien los testigos, la evidencias, orarlo, meditarlo, ponerlo en presencia del Eterno para decretar a alguien como inocente o culpable. Dado que se creyera a alguien culpable y era inocente y no se le hubiese ejecutado, lo absolvían y lo declaraban oficialmente inocente.
Respecto a estos temas, Maimónides en su libro dice: ¿cómo se desarrolla un proceso en una causa capital cuando los testigos se presentan ante el tribunal diciendo: hemos visto a tal cometiendo una transgresión?- Se les pregunta ¿lo conocen, lo han prevenido?, si contestan: -no lo conocemos, no estamos seguros, o que no le previnieron, será absuelto.

Tanto el sabio, estudioso, como el ignorante necesitan indistintamente que se los prevenga, pues la prevención tiene por función distinguir entre quien transgredió sin advertencia y el que lo hizo con premeditación. En el caso de que fuera por inadvertencia, ¿cómo se lo debe prevenir? -Se le debe decir: ¡Apártate, no lo hagas! Es una transgresión por la cual merecerá ser condenado a muerte por el tribunal o azotado. Si una vez prevenido se abstuvo, queda absuelto. Es culpable solo si comete la transgresión inmediatamente después de ser prevenido, dentro del plazo mínimo suficiente para decir algo, pero si pasó más tiempo se requiere una nueva prevención.

Dice en el punto tres: Si los testigos responden:- Hubo prevención y lo conocemos. El tribunal deberá intimidarlos, ¿cómo se intimida a los testigos de una causa capital?, se les dice:-Por si dijereis algo por mera conjetura o de oídas cosas que os dijo otro testigo o afirméis saber por una persona fidedigna o por si ignoráis que hemos de examinaros e investigaros a fondo, sabed que las causas capitales no son como el civiles, en las civiles el hombre o un hombre paga con su dinero y se le perdona, pero en las capitales su sangre y la sangre de sus descendientes dependen de él hasta el fin de todas las generaciones, por eso está escrito con referencia a Caín, la voz de la sangre de tu hermano clama, Génesis 4:10, es decir la sangre de él y la de sus descendientes es por ello que el hombre fue creado a partir de un solo individuo en el mundo para enseñar que quien haga perderse una sola vida es como si exterminara un mundo entero y todo el que sustenta una sola vida es como sustentar a todo un mundo.

Es un hecho que todos los seres humanos han sido moldeados según el modelo de Adán y, sin embargo, ninguno tiene el rostro idéntico al de sus semejantes, por lo tanto, cada cual tiene derecho a decir el mundo fue creado para mí.

Examinar a los testigos por separado.

Continúa diciendo Maimónides: Aunque hubiese cien testigos se debe examinar a cada uno por separado mediante rigurosa investigación, si lo que dicen resulta coherente se empieza presuponiendo inocencia como ya explicamos y diciendo:- Si no pecaste no temas sus palabras y se lo juzga, si se lo encuentra inocente se lo pone en libertad, si se lo encuentra culpable se lo mantiene preso hasta el día siguiente. Ese mismo día el sanedrín se agrupa de dos en dos para analizar su caso, comen poco y no beben vino durante todo ese día y deliberan sobre la cuestión toda la noche, cada cual con su compañero o consigo mismo en su casa, al día siguiente acude temprano a la sede del tribunal, el que se pronunció por su inocencia dice:” Yo lo declaré inocente e insisto en declararlo inocente”, el que se pronuncia por su culpabilidad puede decir: “Yo lo declaré culpable e insisto en declararlo culpable o bien me retracto y lo de claro inocente”. Si son mayoría los que lo consideran culpable, se lo condena y se lo ejecuta, el lugar de la ejecución estaba fuera, lejos de la sede del tribunal, una vez condenado se lo ejecuta el mismo día sin dilación.

Otros detalles de cómo se llevaba a cabo este proceso, dice en el capítulo 13, el condenado es conducido fuera de la sede del tribunal, si manifiesta que tiene algo que alegar a su favor entonces aunque sean cosas inconscientes se lo trae de vuelta hasta dos veces, quizá por el miedo hubiese bloqueado sus razones y al regresar al tribunal se tranquilice y alegue algo con fundamento, si después de traerlo de vuelta al tribunal dos veces no se encuentra en esas palabras nada consistentes se lo hace salir por tercera vez, si después manifiesta que tiene algo que alegar en su favor y lo que dice parece consistente se lo hace volver otra vez incluso varias veces, para ello se lo hace acompañar por el camino por dos sabios estudiosos que si encuentran consistencia en sus palabras lo hacen volver y en caso contrario no, si nada se ha encontrado que justifica absolverlo se lo conduce al lugar de la ejecución y son los testigos del caso los encargados de matarlo de la manera que haya correspondido a su culpa, si no sabe confesarse se le ordena decir: “Que mi muerte sirva de expiación a todos mis pecados”, aunque en su fuero íntimo se le haya levantado falso testimonio, debe confesar de esta manera, una vez que se confesó se le administra un poco de incienso en una copa de vino para que pierda un poco la conciencia y se embriague siendo después ejecutado con la muerte correspondiente a su culpa, los miembros del tribunal no asisten a la ejecución, todo el tribunal que ha pronunciado una condena a muerte tiene prohibido comer durante todo ese día, esto está comprendido en la regla: “No comeréis con la sangre”.

Las 4 clases de pena de muerte.

En el capítulo 14 dice: El tribunal dispone de cuatro clases de pena de muerte: Lapidación, hoguera, decapitación y estrangulamiento. Es necesario que los miembros del tribunal condenen con mesura los casos de pena capital, no deben apresurarse, si un tribunal ha pronunciado una sentencia de muerte en el curso de 7 años, se lo consideras sanguinario; sin embargo, si les toca pronunciar una sentencia de muerte cada día deben hacerlo, pero jamás se juzgan dos casos de pena capital en un mismo día, sino uno hoy y el otro al día siguiente.

Los casos capitales solo se trataban en tiempos en que existía el templo y a condición de que el tribunal supremo funcionara en su cámara del templo, pues está escrito en el caso del estudioso rebelde para no obedecer al sacerdote que está allí para servir al Eterno tu Dios, Devarim (Deuteronomio) 17:12, lo cual tradicionalmente es interpretado como que los casos capitales solo se ventilan cuando hay un sacerdote que presente las ofrendas en el altar y a condición de que el tribunal supremo funcione en su sede. Cuarenta años antes de la destrucción del templo dejaron de tratarse los casos capitales en el seno del pueblo, pese a que el templo aún existía porque los miembros del sanedrín fueron exiliados y no estaban en su sede del templo. En épocas en que se trataban casos capitales en Eretz Israel se lo hacía también en la diáspora a condición de que los miembros del sanedrín hubieran sido ordenados en la tierra de Israel.

Capítulo veintitrés añade: El juez tiene prohibido tratar la causa de un amigo personal aunque no sea su predilecto ni su amigo íntimo como también la causa de alguien que le disguste aunque no sea su enemigo ni lo odie, es imprescindible que ambos litigantes sean iguales a los ojos y a los sentimientos de los jueces, el juez más justo es el que no conoce nada de ninguno de los dos litigantes, si dos sabios estudiosos son enemigos entre sí, está prohibido que formen parte del mismo tribunal, pues esto es causa de que salga una sentencia torcida por el odio que hay entre ellos, cada cual se inclina contradecir la opinión del otro.

Un juez siempre debe verse a sí mismo como si tuviera una espada apoyada en el cuello y el infierno abierto a sus pies, debe saber a quién está juzgando, ante quién lo juzga y quién ha de exigirle cuentas en el futuro si es que se desvió de la línea de la verdad, pues está escrito: Dios está presente en la congregación divina.

Jamás consideres a los litigantes como culpables ni supongas que su alegato es falso, dictamina conforme a lo que te parezcan sus argumentos, cuando se retiren de tu presencia tras haber acatado el fallo deben parecer inocentes a tus ojos y considera favorablemente a cada uno de ellos.

Este libro es muy interesante, tiene congruencia con todo lo que está establecido en el resto de la Torá y en general con la justicia que nosotros conocemos. Mucho del ámbito de la justicia y de las leyes que hasta el día de hoy se aplican tienen base en la Torá, ya que son principios prácticamente universales. El hecho de impartir justicia, de ser imparcial, es algo que se espera, independientemente de la fe o de la creencia que uno tenga.

Examinando estos puntos queda claro por qué intentaron, supuestamente, llevar a cabo un justo juicio con Yeshua, aunque nosotros sabemos qué pasaron por alto muchas cuestiones lógicas y principios que la Torá establece para un juicio justo.

Conclusión:

El día de hoy, aunque no hay un sanedrín, ni un templo, ni operan desde la sede de Jerusalén, vemos que este mismo principio sigue aplicándose y tenemos que tratar de aplicarlos en los ámbitos que nos correspondan a nuestra vida, ya sea desde una decisión muy inverosímil con nuestros hijos hasta sentencias, citando el caso por ejemplo, que uno sea abogado o magistrado o incluso juez, también se deben considerar estos principios. Todos en cierta forma somos jueces unos de otros, lo que está prohibido es la condenación porque eso no nos corresponde a nosotros sino a las autoridades competentes, pero, si tenemos esta labor de juzgar con justo juicio, debemos discernir y tratar que se establezca ante todo la justicia.

Apocalipsis en los últimos capítulos menciona acerca del “juicio del trono blanco” y esto es porque todos compareceremos delante del juez que es El Eterno, juez justo que a nadie dará por inocente siendo culpable y ningún inocente será condenado, por eso mantenemos esa confianza y la certeza que Dios es un Perfecto juez, que impartirá justicia a su debido tiempo. No desesperes si la justicia humana no llega a representar a la justicia divina, esta se manifestará tarde o temprano.

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